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Title: Estudio dogmático de la amonestación, como sanción en materia disciplinaria: Caso de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro
metadata.dc.creator: Silvia Borbolla Suárez
Keywords: Amonestación
Responsabilidad de los servidores públicos
Sanción
metadata.dc.date: May-2017
Publisher: Universidad Autónoma de Querétaro
metadata.dc.degree.department: Facultad de Derecho
metadata.dc.degree.name: Maestría en Administración Pública Estatal y Municipal
Description: La tesis profesional ¿Estudio dogmático de la amonestación, como sanción en materia disciplinaria: Caso de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro¿ analiza de forma particular lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Responsabilidad de los Servidores del Estado de Querétaro; precepto normativo que permite la aplicación de una sanción consistente en amonestación a los servidores públicos sin necesidad de llamar a procedimiento. En razón de lo anterior el artículo en cita resulta violatorio de la garantía de audiencia y debido proceso, al permitir la posibilidad de aplicar una sanción, sin la posible defensa. La metodología seguida, se basó en el acopio de información documental, doctrina, artículos, lo mismo impresos que en su versión de ¿la web¿, jurisprudencia; mismas que permitieron reforzar la importancia que reviste para todo Estado democrático, el respeto a la garantía de audiencia y debido proceso. En el desarrollo se analizaron diversos puntos, tales como: antecedentes del procedimiento disciplinario, el régimen de responsabilidades de los servidores públicos, tipos de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, los tipos de responsabilidades, los tipos de sanciones administrativas, el procedimiento administrativo disciplinario, legalidad contra constitucionalidad, el debido proceso y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos. A partir de su estudio se pudo concluir que la posibilidad de aplicar una sanción sin la obligación de llamar a procedimiento, como lo establece la legislación del estado de Querétaro, puede ser legal, porque la ley lo permite, pero resulta evidentemente, contradictorio, y violatorio de la garantía de audiencia y del debido proceso; que el articulo 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consagran a favor de todo gobernado.
URI: https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/6130
Other Identifiers: 3222 - RI004889.pdf
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