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Título : El no ejercicio de la acción penal es violatorio de garantía constitucional
Autor(es): Gustavo Dávalos Higadera
Palabras clave: Ejercicio
Penal
Constitucional
Fecha de publicación : 1974
Editorial : Universidad Autónoma de Querétaro
Facultad: Facultad de Derecho
Programa académico: Especialidad en Derecho Penal
Resumen: Se afirma que la Institución del Ministerio Público ya existía en Grecia, donde un ciudadano llevaba la voz de la acusación ante el tribunal de los Heliastas. Otros afirman que sus orígenes se encuentran en el Dere oho Atico, donde el ofendido por el delito era quien ejercitaba la acción penal ante los tribunales. En este sistema imperaba el principio de la acusación privada, pues no se admitía la intervención de terceros en las funciones de acusación y defensa. Posteriormente viene la acusación particular, cuando se encomienda el ejercicio de la acusación a un ciudadano, como representante de la colectividad. Con esta reforma substancial al procedimiento, se trata de que un tercero, imparcial y despojado de ideas de venganza y rencor que insensiblemente lleva el ofendido al proceso, persiguiese al pretendido responsable hasta establecer su culpabilidad o, en su caso, su inocencia.
URI: https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/5554
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