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dc.rights.license http://creativecommons.org/licenses/by-nd/4.0 es_ES
dc.creator Ángel Martínez Rocha es_ES
dc.date 1987
dc.date.accessioned 2017-04-06T19:04:54Z
dc.date.available 2017-04-06T19:04:54Z
dc.date.issued 1987
dc.identifier 2381 - RI004359.pdf es_ES
dc.identifier.uri https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/5091
dc.description Ante la inútil tramitación de juicios que resuelven hasta la definitiva a las excepciones dilatorias que no forman artículo de previo y especial pronunciamiento, se tiene como consecuencia la aglomeración de expedientes en los juzgados y la lenta resolución de los mismos y, por esta razón, es necesario que al oponerse como defensas y excepciones cualquiera de las excepciones dilatorias, se resuelvan a través de una audiencia preliminar, dejando en suspenso el principal y, resueltas que sean, continuar, en su caso, el curso del juicio e imponer al promovente una sanción de 50 a 150 días de salario general diario vigente en el Estado, para el caso de que no se ofrezcan pruebas, se declaren improcedentes o no se probaren. El monto de dicha sanción se aplicará al colitigante por vía de indemnización. Procediendo en contra de la resolución que se dicte, el recurso de apelación en el efecto devolutiva es_ES
dc.format Adobe PDF es_ES
dc.language.iso spa es_ES
dc.publisher Universidad Autónoma de Querétaro es_ES
dc.relation.requires No es_ES
dc.rights Acceso Abierto es_ES
dc.subject Audiencia es_ES
dc.subject Resolución es_ES
dc.subject Excepciones dilatorias es_ES
dc.title La necesidad de resolver en una audiencia preliminar las excepciones dilatorias es_ES
dc.type Tesis de licenciatura es_ES
dc.contributor.role Director es_ES
dc.degree.name Licenciatura en Derecho es_ES
dc.degree.department Facultad de Derecho es_ES
dc.degree.level Licenciatura es_ES


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