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https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/4681
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.rights.license | http://creativecommons.org/licenses/by-nd/4.0 | es_ES |
dc.contributor | Alberto Fernández Riveroll | es_ES |
dc.creator | E. Donaciano Ugalde Vargas | es_ES |
dc.date | 1962-03 | - |
dc.date.accessioned | 2017-03-06T18:10:45Z | - |
dc.date.available | 2017-03-06T18:10:45Z | - |
dc.date.issued | 1962-03 | - |
dc.identifier | 2049 - RI003976.pdf | es_ES |
dc.identifier.uri | https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/4681 | - |
dc.description | He abordado este tema, sobre el problema creado por las Leyes Inquilinarias, por ser un problema de actualidad, suscitado a cada momento, entre arrendador y arrendatario. Originalmente en Francia, en el año de 1918, se dictaron leyes de emergencia creando leyes inquilinarias protectoras de los arrendatarios en cuanto al monto y duración del arrendamiento de fincas urbanas; medidas que posteriormente se abrogaron, restableciendo nuevamente la naturaleza del arrendamiento. El problema inquilinario en la República Mexicana, fue ocasionado a las consecuencias de la guerra mundial pasada, por falta oportuna por parte del Gobierno Federal, así como del pueblo en general, para ayudar a satisfacer los problemas sociales y obtener el bien común, fin de un Estado, para poder progresar y, así, solventar uno de los problemas que aquejan a la República Mexicana. Volviendo a las leyes inquilinarias, como expuse fue abordado el problema, por el Gobierno Federal, como medida de emergencia, en el año de 1942, dictando el decreto, para ¿congelar las rentas¿, debido a la demanda de casa-habitación y escasas de las mismas, habiéndose elevado asimismo, el importe de la rentas. Veinte años han pasado y los principios de emergencia del decreto de 1942, sigue aún; considero que en la época que fueron dictados y por la situación, atendieron las necesidades que trataron de solventar, pero ya es tiempo de modificarlos; la situación económica actual ha cambiado, así como el nivel de vida, valor de la moneda, etc.; entonces es urgente crear nuevas leyes de acuerdo con la situación presente, dictando leyes justas, y no unitarias como lo son las citadas leyes inquilinarias, protectoras en su mayoría de los arrendatarios; deben dictarse nuevas leyes, tomando en cuenta que tanto arrendador como arrendatario, son sujetos de derecho, y por ende, deben dictarse normas, protectoras de los intereses de ambos contratantes. | es_ES |
dc.format | Adobe PDF | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Universidad Autónoma de Querétaro | es_ES |
dc.relation.requires | No | es_ES |
dc.rights | Acceso Abierto | es_ES |
dc.subject | Arrendamiento | es_ES |
dc.subject | Contratos (Derecho civil) | es_ES |
dc.subject | Contratos mercantiles | es_ES |
dc.title | Derecho real establecido por leyes inquilinarias | es_ES |
dc.type | Tesis de licenciatura | es_ES |
dc.contributor.role | Director | es_ES |
dc.degree.name | Licenciatura en Derecho | es_ES |
dc.degree.department | Facultad de Derecho | es_ES |
dc.degree.level | Licenciatura | es_ES |
Aparece en: | Licenciatura en Derecho |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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