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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.rights.licensehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0es_ES
dc.contributorVíctor Roberto Vega Villaes_ES
dc.creatorRoberto Carlos Camposes_ES
dc.date2023-01-01-
dc.date.accessioned2023-02-16T14:55:58Z-
dc.date.available2023-02-16T14:55:58Z-
dc.date.issued2023-01-01-
dc.identifier.urihttp://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/4374-
dc.descriptionSe ve que los impuestos cedulares locales a la renta de las Personas Físicas sobre salarios, Honorarios, Actividades Empresariales, Arrendamiento y Enajenación de Bienes Inmuebles han quedado en el olvido, el propósito de este trabajo es hacer un análisis y una crítica al tratamiento fiscal de los ingresos de las personas físicas con tratamiento a las actividades antes mencionadas. Es cuestionable porqué se han realizado tantos cambios en los últimos años en cuanto al tratamiento de acumulación, a la forma de retención, si el pago es definitivo o provisional, si deben acumularse a los demás ingresos, que si las pérdidas inflacionarias se pueden deducir de los demás ingresos, y ahora darles un tratamiento cedular y muy complejo, donde lo que es claro que lo que se busca es una mayor recaudación en estos contribuyentes cautivos, donde impactarán aún más a la misma base de contribuyentes, sin respetar la capacidad contributiva de estos. México tiene muchos cambios en materia tributaria, las autoridades no han visto la ventaja fiscal de recaudación que puede causar el impuesto cedular en el país, es un tema muy importante que analizar y se ha considerado hoy en día un paradigma tributario. El impuesto cedular será un beneficio para la recaudación en las entidades federativas principalmente en el estado de Querétaro. El propósito de introducir dichos impuestos será para generar una fuente adicional de ingresos para los gobiernos estatales, para ayudar a reducir la dependencia que tienen estos gobiernos de las transferencias federales y puedan aplicarse la potestad tributaria en cada entidad Federativa. Es un trabajo cualitativo de tipo descriptivo de derecho público, donde se va a valorar la oportunidad de establecer un impuesto cedular en Querétaro y ver los pro y contra de beneficios y perjuicios. Se recopiló información de los siete estados donde es vigente el impuesto y que Guanajuato se lleva el reconocimiento de tener una buena recaudación sobre este impuesto que para muchas personas es desconocido y que en este trabajo se analizó y sirva de estudio para su aplicación.es_ES
dc.formatAdobe PDFes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherContaduría y Administraciónes_ES
dc.relation.requiresNoes_ES
dc.rightsAcceso Abiertoes_ES
dc.subjectCiencias Socialeses_ES
dc.subjectCiencias Económicases_ES
dc.subjectAdministración Públicaes_ES
dc.titleAnálisis sobre la conveniencia de establecer el impuesto cedular en Querétaroes_ES
dc.typeTesis de maestríaes_ES
dc.creator.tidcurpes_ES
dc.contributor.tidcurpes_ES
dc.creator.identificadorCALR780704HQTMNB03es_ES
dc.contributor.identificadorVEVV570303HDFGLC06es_ES
dc.contributor.roleDirectores_ES
dc.degree.nameMaestría en Impuestoses_ES
dc.degree.departmentFacultad de Contaduría y Administraciónes_ES
dc.degree.levelMaestríaes_ES
Aparece en: Maestría en Impuestos

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