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Título : NECESIDAD DE REFORMA INTEGRAL A LAS POLITICAS PUBLICAS QUE REGLAMENTAN LAS ENAJENACIONES DE PARCELAS CON DOMINIO PLENO
Autor(es): Omar Alejandro Hernández Garfias
Palabras clave: Notariado Mexicano
Políticas Públicas
Sistema Agrario
Área: CIENCIAS SOCIALES
Fecha de publicación : 13-jun-2022
Facultad: Facultad de Derecho
Programa académico: Maestría en Administración Pública Estatal y Municipal
Resumen: Las políticas publicas son esquemas multidisciplinarios para identificación, planeación y atención de problemas de interés general por parte de gobierno, y de conformidad con nuestro objeto de estudio, para la atención de problemas de seguridad jurídica agraria. Para nuestro estudio partiremos de la situación que reconoce nuestra Constitución de 1917 como eje jurídico rector, haciendo un recuento breve de la legislación agraria aplicable desde la Ley Agraria del 6 de enero de 1915, la Ley de Ejido del 30 de septiembre de 1920, el Reglamento Agrario del 10 de abril de 1922, pasando por la Ley de dotaciones y restituciones de tierras y aguas del 23 de abril de 1924. Los Códigos Agrarios entraron en vigor en 1934, 1940 y 1942, hasta el 22 de marzo de 1971 con la promulgación de la Ley Federal de la Reforma Agraria con múltiples reformas hasta 1983. Las disposiciones previas tuvieron como eje rector, la regularización de las dotaciones agrarias, y crear estructuras básicas del ejido mismo; sin embargo, habían dejado de lado la seguridad jurídica de la tenencia de la tierra agraria, y una regulación precisa de los derechos que gozan los sujetos agrarios, ya sean ejidatarios, comuneros, avecindados, posesionarios etc., descuidó su capacitación y se conformó en mantener esquemas paternalistas. En vísperas del ingreso de México en el mundo capitalista vía tratado de libre comercio con américa del norte, TLCAN, obligaba modificar radicalmente la política agraria mediante una reforma integral, teniendo como producto la Ley Agraria de 1992. La cual busca dotar de una seguridad jurídica a los titulares de derechos agrarios, y sienta las bases para un barrido nacional de dotación de títulos individuales y grupales, por medio del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE). En los procesos el legislador considero la participación de la institución del notariado, para ser pilar en el desarrollo de las Asambleas “duras”; la formalización de sociedades agrarias; en las transacciones de derechos agrarios, etc. La participación del sistema notarial, como disciplina participa en la nueva política publica para dotar de seguridad jurídica las operaciones agrarias y a sus titulares.
URI: http://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/3611
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