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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.rights.licensehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0es_ES
dc.contributorDoctor José Manuel Couoh Velascoes_ES
dc.creatorCarlos Rodríguez Barrónes_ES
dc.date2021-03-03-
dc.date.accessioned2021-01-28T15:36:18Z-
dc.date.available2021-01-28T15:36:18Z-
dc.date.issued2021-03-03-
dc.identifier.urihttp://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/2687-
dc.descriptionUna de las preocupaciones más sentidas de la población de nuestro país a través de la historia, es la inseguridad pública que se ha venido viviendo históricamente derivado de la cada vez más grave incidencia de delitos de toda índole y más aun de los que se denomina de apto impacto, los cuales lejos de disminuir se han venido acrecentando al paso del tiempo hasta niveles escandalosos. Los cuerpos de seguridad publica encargados de la difícil tarea de proporcionar seguridad a la población, sufren grave incertidumbre jurídica derivado de la inexistencia del derecho a la estabilidad en su cargo por indicación de la fracción XIII del apartado B de la constitución política de los estados unidos mexicanos. Dicha incertidumbre se ve acrecentada en cuanto a que, con frecuencia, se separa a los integrantes de la policía sin que se les respete su derecho de audiencia o bien, solo se simula el procedimiento sancionador instaurado por órganos que carecen de competencia legal para tal propósito, pero instalados por merced de los reglamentos de las autoridades que rebasan a la ley de la materia a que se deben ceñir, que en el caso, es la ley general del sistema nacional de seguridad pública, , reglamentaria de la fracción XIII del apartado B del numeral 123 constitucional, norma nacional que en su numeral 105 establece al consejo de honor y justicia de la corporación policial de que se trate, como el ente competente para conocer, desahogar y resolver los procedimientos sancionadores que deriven de conductas infractoras –probables- imputadas a los elementos de policía del estado de Querétaro y sus municipios y, en su caso, determinar la sanción correspondiente. El problema a discernir que origina este trabajo, estriba en destacar la problemática que se genera a partir de que cada estado y municipio, en uso indiscriminado y desaforado de las facultades legislativas; reglamentarias y reglamentarias que respectivamente les son propias, establecen órganos para conocer y resolver los problemas materia de disciplina policial que frecuentemente colisionan con las bases mínimas que establece el ordenamiento nacional o, ben se abstienen de prever a los óranos competentes para tal fin.es_ES
dc.formatAdobe PDFes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.relation.requiresNoes_ES
dc.rightsEn Embargoes_ES
dc.subjectResposabilidad civiles_ES
dc.subjectIndemnización del dañoes_ES
dc.subjectPrescripción de la acciónes_ES
dc.subject.classificationCIENCIAS SOCIALESes_ES
dc.titleDisciplina policial. El órgano competente para seguir y resolver el procedimiento en materia de disciplina policial, es el consejo de honor y justicia o su similares_ES
dc.typeTesis de maestríaes_ES
dc.creator.tidCURPes_ES
dc.creator.identificadorROBC600329HQTDRR01es_ES
dc.contributor.roleDirectores_ES
dc.degree.nameMaestría en Derechoes_ES
dc.degree.departmentFacultad de Derechoes_ES
dc.degree.levelMaestríaes_ES
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