Descripción:
En este trabajo se analiza el proceso que llevó a la paridad transversal a ser un principio constitucional que a partir del 6 de junio del 2019, establece que la mitad de los cargos de decisión política en los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), en los tres poderes de la Unión y organismos autónomos, sean para mujeres, por lo que las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, deberán realizar las reformas correspondientes en su legislación para procurar su observancia. El objetivo principal es visibilizar, en un ejercicio comparativo con el caso federal, el estado normativo que guarda el principio de paridad en la legislación queretana, así como el avance sustantivo que hasta este momento ha tenido la presencia de las mujeres en cargos de elección popular y en los de decisión política a nivel estatal, como un paso previo a la creación e implementación de políticas públicas tendientes a lograr la paridad transversal de género en el estado en materia sustantiva y adjetiva.