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dc.rights.license http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 es_ES
dc.contributor Norberto Alvarado Alegría es_ES
dc.creator Juan Francisco Ledesma Meré es_ES
dc.date 2021-07-20
dc.date.accessioned 2021-05-14T15:15:34Z
dc.date.available 2021-05-14T15:15:34Z
dc.date.issued 2021-07-20
dc.identifier.uri http://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/2871
dc.description El derecho a la educación en la época posrevolucionaria del Estado Mexicano, se encuentra plasmado en el artículo tercero constitucional, este derecho universal a lo largo de la historia moderna de nuestro país ha tenido distintas maneras de concebirse, implementarse y garantizarse, pasando por los primeros cuerpos normativos que de alguna manera lo regulaban, hasta unas redacciones muy detalladas de la forma en que el Estado garantizaría el mismo. En este trabajo se retomaran las múltiples redacciones y reformas que ha tenido el citado artículo, iniciando por su inclusión en el texto constitucional de 1917, pasando por la visión socialista que se pretendió introducir, la rectoría del Estado en los planes y programas, la laicidad de la educación, la gratuidad de la misma y la obligatoriedad de los educandos para asistir a recibir educación así como la de sus padres para obligar a sus pupilos a concurrir a las escuelas, sin duda cada uno de los gobernantes que han estado a la cabeza del ejecutivo a partir de la época posrevolucionaria, de una u otra manera han pretendido plasmar de distintas formas su idea de cómo se debería de garantizar el derecho a la educación, lo que ha resultado en múltiples reformas al texto del artículo tercero, y que por consiguiente han derivado en la publicación y reforma de las distintas leyes adjetivas, las reformas más trascendentes se retoman en este trabajo, pues es derivado de la última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019, motivo por lo cual este postulante realizó este trabajo, con el cual se realiza un proyecto de armonización de la Ley Estatal de Educación, con respecto a la Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019, pues en el sexto transitorio del Decreto , otorga un plazo de 180 días para que las legislaturas de los Estados, adecuen el marco normativo conforme esta novedosa legislación, y al carecer el Estado de Querétaro de la armonización en su legislación educativa, es que resulta procedente el realizar un proyecto de armonización de la Ley de Educación del Estado de Querétaro, con respecto a la Legislación Federal, propuesta de armonización que se configura por medio de nueva Ley de Educación del Estado de Querétaro y que se incluye en el Capítulo Cuarto de este trabajo. es_ES
dc.format Adobe PDF es_ES
dc.language.iso spa es_ES
dc.relation.requires No es_ES
dc.rights En Embargo es_ES
dc.subject armonización es_ES
dc.subject derecho es_ES
dc.subject educación es_ES
dc.subject.classification CIENCIAS SOCIALES es_ES
dc.title PROPUESTA DE ARMONIZACIÓN DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO es_ES
dc.type Tesis de maestría es_ES
dc.creator.tid CURP es_ES
dc.creator.identificador LEMJ830823HQTDRN00 es_ES
dc.contributor.role Director es_ES
dc.degree.name Maestría en Administración Pública Estatal y Municipal es_ES
dc.degree.department Facultad de Derecho es_ES
dc.degree.level Maestría es_ES


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