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dc.rights.license http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 es_ES
dc.contributor J. Dolores Morales Corona es_ES
dc.contributor Rosa Iliana Tejeida Peña es_ES
dc.contributor Gabriela Nieto Castillo es_ES
dc.contributor Brenda Leticia Loredo Robles es_ES
dc.contributor Rosa Saraí Chávez Vega es_ES
dc.creator Miriam Camacho Gaspar es_ES
dc.date 2019-06-01
dc.date.accessioned 2024-03-05T19:56:09Z
dc.date.available 2024-03-05T19:56:09Z
dc.date.issued 2019-06-01
dc.identifier.uri https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/10180
dc.description Nuestra Carta Magna reconoce la educación como un derecho fundamental de todas personas sin distinción alguna, razón por la cual la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad vela por la inclusión de las mismas en la sociedad bajo un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades, reconociendo de manera enunciativa los derechos humanos de quienes se encuentra en un supuesto de discapacidad, mismos que se encuentran reconocidos en la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista. Por lo tanto, las personas con TEA tienen derecho a recibir educación de una manera inclusiva que contribuya en el desarrollo integral de la persona, tomando en cuenta sus necesidades, capacidades y potencialidades. el Trastorno del Espectro Autista se presenta en tres niveles de severidad afectando a la persona en la comunicación, la conducta y la socialización, situación por la que requieren de una mayor atención para lograr su aprendizaje, lo que hace imposible la inclusión educativa en una escuela regular, como lo plantea la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el Amparo en Revisión 174/2017, por la desigualdad de condiciones en que se encuentra la persona, aunado a la falta de docentes competentes y altamente capacitados, infraestructura deficiente, falta de políticas públicas tendientes a implementar la inclusión educativa, métodos y estrategias de aprendizaje que no se centran en el menor con TEA, situación que justifica su integración en Centros de Atención Múltiple, en el que recibe educación especial atendiendo a las necesidades que requiere la persona por el grado de severidad de la discapacidad que presente, y no por ello se discrimina o segrega al individuo, sino por el contrario, los CAM’s engloban una inclusión para las personas con discapacidad en un grado severo, posicionándolos en marco de equidad e igualdad en sus derechos fundamentales y, con la finalidad de no vulnerar el derecho fundamental a la educación se ponen en práctica las acciones afirmativas positivas que permiten igualar equitativamente las condiciones educativas entre unos y otros. es_ES
dc.format Adobe PDF es_ES
dc.language.iso spa es_ES
dc.publisher Universidad Autónoma de Querétaro es_ES
dc.relation.requires Si es_ES
dc.rights Acceso Abierto es_ES
dc.subject Ciencias Sociales es_ES
dc.subject Ciencias Jurídicas y Derecho es_ES
dc.subject Teoría y Métodos Educativos es_ES
dc.title Educación inclusiva y personas con trastorno del espectro autista. es_ES
dc.type Tesis de maestría es_ES
dc.contributor.role Director es_ES
dc.contributor.role Secretario es_ES
dc.contributor.role Vocal es_ES
dc.contributor.role Suplente es_ES
dc.contributor.role Suplente es_ES
dc.degree.name Maestría en Derecho es_ES
dc.degree.department Facultad de Derecho es_ES
dc.degree.level Maestría es_ES


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