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<title>Doctorado en Ciencias Jurídicas</title>
<link>https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/4281</link>
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<pubDate>Mon, 24 Aug 2026 03:24:05 GMT</pubDate>
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<title>Feminicidio, precarización y necropolítica en el contexto de la globalización</title>
<link>https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/12974</link>
<description>Feminicidio, precarización y necropolítica en el contexto de la globalización
Nancy Guadalupe Hernández Mendoza
La investigación analiza las dinámicas de violencia extrema contra las mujeres, particularmente el feminicidio, en el marco del neoliberalismo contemporáneo. Este fenómeno es comprendido como una expresión compleja de redes de dominación en la que convergen la precarización, entendida no como una consecuencia accidental del orden económico, sino como una racionalidad de poder que administra la vulnerabilidad y produce vidas expuestas a la exclusión y la muerte. Desde la teoría política con énfasis en los feminismos contemporáneos, se articulan categorías de precariedad y necropolítica para explicar cómo el poder masculino se reproduce mediante la producción sistemática del sufrimiento femenino, colocando los cuerpos femeninos en el umbral de la desprotección y cómo estas prácticas interpelan y tensionan los feminismos actuales. Se trata de una investigación descriptiva y explicativa, de enfoque cualitativo y hermenéutico que propone la necesidad de replantear las categorías frente a la violencia estructural.
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<pubDate>Tue, 26 May 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2026-05-26T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Dependencia económica mexicana causada por la Administración y la Gestión Pública. Análisis-crítico epistemológico, a nivel microfísico</title>
<link>https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/12938</link>
<description>Dependencia económica mexicana causada por la Administración y la Gestión Pública. Análisis-crítico epistemológico, a nivel microfísico
Hugo Oliver Robles Cuevas
La dependencia económica en México no nace de forma irrestricta por la materialización de los postulados epistémicos de los paradigmas económicos liberales, como lo sanciona la teoría de la dependencia económica, ni tampoco por la materialización de los postulados epistémicos del paradigma económico intervencionista. Se origina en la Administración Pública y su gestión porque ambas se constituyen como el vehículo en el que se desarrolla la naturaleza humana, egoísta y temerosa, que en México además se reviste por un entorno cultural inmerso en la corrupción. Las teorías económicas, en cierto modo son leyes, marcos de actuación definidos, situación que las vuelve sesgadas, por lo tanto, explicar la dependencia económica desde las teorías únicamente, implica perder observancia de los aspectos microfísicos que la condicionan de forma original. Esas microfísicasson equivalentes a los sucesos históricos cotidianos, que por su escasa relevancia particular y su gran dificultad de rastreo suelen subestimarse en su poder para condicionar grandes sucesos históricos, mismos que no son fortuitos, sino que resultan de la suma concatenada y exponencial de microsucesos, tales como los hábitos, los refranes y las costumbres. Todos estos microsucesos, aunque difíciles de observar, se manifiestan con contundencia en símbolos, fáciles de interpretar por las personas. Así los símbolos del libre mercado y sus metateorías, son interpretados por la teoría de la dependencia económica, como condicionantes de dependencia económica, sin embargo, la interpretación se hace dentro del marco economicista y sesgado de la propia teoría, que no está abierta a interpretar otra gran gama de símbolos presentes en los ciclos históricos. Al retroceder más y más en los ciclos históricos se develan las causas más generales de la dependencia económica, mismas que residen en la naturaleza humana y por consecuencia se reflejan en la Administración Pública y su gestión, que le dan orden. La dependencia económica mexicana no es ajena a esta situación, simplemente se le suma su corrupción estructural.
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<pubDate>Mon, 04 May 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2026-05-04T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Derechos humanos en la era digital. una crítica al punitivismo y populismo penal como respuesta del estado.</title>
<link>https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/12450</link>
<description>Derechos humanos en la era digital. una crítica al punitivismo y populismo penal como respuesta del estado.
Rafael Vázquez Díaz
La presente tesis tiene como objetivo analizar críticamente el punitivismo y el populismo penal como respuestas estatales frente a los conflictos sociales en la era digital, desde una perspectiva de derechos humanos y teoría crítica. El trabajo sostiene que la digitalización no solo ha acelerado la circulación de información, sino que ha reconfigurado profundamente las formas de ejercicio del poder y del castigo, desplazando el juicio político hacia lógicas de visibilidad, emocionalidad y reacción inmediata. La investigación se desarrolla mediante una metodología cualitativa de carácter teórico-crítico, basada en la revisión sistemática de literatura jurídica, filosófica y sociopolítica, con especial énfasis en el diagnóstico de Byung-Chul Han sobre la infocracia, la psicopolítica y la transformación de la esfera pública en un entorno dominado por la hipercomunicación, la transparencia forzada y la erosión del pensamiento reflexivo. Este marco se articula con las aportaciones de Hannah Arendt, particularmente su análisis sobre la pérdida de comunidad política, la fragilidad de los derechos y la sustitución del juicio por la obediencia emocional de las masas, así como con la crítica foucaultiana de la penalidad como tecnología de disciplinamiento y control social. A lo largo del trabajo se examinan categorías como posverdad, justicia performativa, castigo sin sentencia, discursos de odio y espectáculo punitivo, mostrando cómo estas dinámicas reconfiguran el derecho penal y erosionan garantías fundamentales como la presunción de inocencia, el debido proceso y la proporcionalidad de la pena. La tesis no se limita a una revisión descriptiva, sino que desarrolla una discusión crítica que evidencia cómo el castigo se convierte en lenguaje político y en herramienta de gestión del miedo social, especialmente en contextos atravesados por redes sociales y presión mediática. Como conclusión, se sostiene que el punitivismo digital no constituye una desviación excepcional del Estado de derecho, sino una expresión coherente de democracias debilitadas por la pérdida del juicio político y la espectacularización de la justicia, lo que exige repensar los límites del poder punitivo y recuperar una concepción de los derechos humanos centrada en la responsabilidad, la comunidad y la deliberación democrática.
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<pubDate>Thu, 15 Jan 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
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<title>TUTELA JURISDICCIONAL DEL ÁMBITO COLECTIVO DEL MEDIO AMBIENTE  SANO EN EL AMPARO MEXICANO</title>
<link>https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/11236</link>
<description>TUTELA JURISDICCIONAL DEL ÁMBITO COLECTIVO DEL MEDIO AMBIENTE  SANO EN EL AMPARO MEXICANO
Álvaro Morales Avilés
El amparo en México ha sido, desde su inicio en el siglo diecinueve, un instrumento&#13;
de protección en principio de garantías individuales, y posteriormente de derechos&#13;
humanos que ha servido a la sociedad mexicana para combatir las arbitrariedades&#13;
del poder público, sin embargo, la evolución de la sociedad y de la concepción&#13;
tradicional del derecho, dejó al amparo sujeto de condiciones meramente&#13;
individualistas que lo hacían obsoleto para responder las exigencias de una&#13;
sociedad cada vez más activa y despierta. En este trabajo nos propusimos&#13;
determinar si el proceso de amparo garantiza la tutela efectiva de los derechos&#13;
colectivos en México a través de la incorporación de la figura del interés legítimo.&#13;
La incorporación del interés legítimo a nuestra constitución y la formulación de una&#13;
nueva Ley de Amparo, abrieron la posibilidad para que grupos, personas, o&#13;
colectivos, pudieran acceder a una protección constitucional en caso de vulneración&#13;
de sus derechos humanos. Pero a pesar de ser un mecanismo innovador en materia&#13;
constitucional, la implementación del interés legítimo ha sido problemática desde su&#13;
interpretación hasta su ejercicio. Aun así, el interés legítimo en el amparo ha servido&#13;
para proteger y exigir derechos económicos, sociales, culturales y, en gran parte&#13;
medioambientales. Con la configuración del interés legítimo, se han podido&#13;
defender causas sociales, y ambientales que en el planteamiento legal anterior se&#13;
antojaban imposibles. La extensión y reconocimiento del amparo colectivo en la&#13;
nueva Ley de Amparo, aunado al interés legítimo, presenta posibilidades de tutela&#13;
judicial efectiva nunca antes vistas. Pero el interés legítimo como medio de acceso&#13;
a la justicia constitucional y el amparo colectivo, no logran aún transformar al&#13;
amparo en un recurso sencillo y rápido de protección de derechos humanos.
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<pubDate>Thu, 01 Aug 2024 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2024-08-01T00:00:00Z</dc:date>
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