Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/9735
Título : El régimen jurídico de los bienes adquiridos en el concubinato
Autor(es): Ma. Eugenia Mauricio De Jesús
Palabras clave: Concubinato
Derecho civil
Familia
Fecha de publicación : ene-1996
Editorial : Facultad de Derecho
Facultad: Facultad de Derecho
Resumen: La ley considera como concubinato a la unión surgida entre un hombre y una mujer sin que exista vínculo matrimonial y que cumpla con un periodo mínimo de tres años de llevar vida en común o antes si les sobrevienen hijos. Este tipo de relaciones da lugar a la configuración de una familia que requiere que la ley le brinde una protección más justa, que se reconozca que el concubinato produce consecuencias jurídicas, no solo respecto de la persona de los concubinos, ni de los hijos, sino que este derecho se extiende también a los bienes adquiridos en el concubinato. Considerando lo anterior se lograría una mayor estabilidad en el régimen de vida de los concubinarios, tutelando todo lo referente a los bienes que se adquieren durante el concubinato. Si no se establece una disposición que brinde esta protección a los concubinos, se estarían abandonando a los hijos exponiéndolos al desamparo legal y económico, así como también a los mismos concubinos. Es importante precisar el alcance de este derecho ya que sin duda surge en este tipo de relaciones una comunidad de vida como la que se da en el matrimonio y en relación a los bienes se establece un régimen similar al de la sociedad conyugal. De lograrse que el Estado reconozca el régimen de bienes que puede surgir en el concubinato se lograría obtener un sistema jurídico más justo y eficiente.
URI: https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/9735
Aparece en: Licenciatura en Derecho

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
Ma. Eugenia Mauricio de Jesus H59334.pdf597.87 kBAdobe PDFPortada
Visualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.