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Título : Derecho constitucional, reforma constitucional y senado de la república.
Autor(es): Pablo Meré Alcocer
Palabras clave: HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA CONDUCTA
CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Derecho
Constitución
Senado
Reforma
Reforma
Fecha de publicación : nov-2018
Editorial : Facultad de Derecho
Facultad: Facultad de Derecho
Programa académico: Maestría en Administración Pública Estatal y Municipal
Resumen: "La integración del Senado de los Estados Unidos Mexicanos, se contempla en el artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, vigente al día de hoy con sus respectivas reformas y adiciones, ahí se establece como es el origen de los 128 senadores de la república mexicana actualmente, es decir de qué forma es que llegan a ser senadores, siendo para el caso de los 64 primeros, dos que entran por entidad federativa, al ganar la elección, podemos considerar que es un esquema de acceso de democracia directa, de ahí surgen, reitero 64 senadores, posteriormente entra el mejor perdedor de cada partido o coalición o candidato independiente, en cada entidad federativa, siendo 32 senadores más, incluso el tercer senador que entra por cada entidad, los que suman en el país repito 32, siendo los segundos lugares de cada elección, también es en un esquema de democracia directa, donde se otorga un espacio más de representación adicional a cada entidad federativa, para llegar a tres senadores por cada Estado de la república mexicana y la Ciudad de México, dando un total de 96 senadores, con una representación igual de 3 senadores por cada entidad federativa, como sabemos en la república mexicana hay 32 entidades federativas, que al multiplicarlas por 3 nos dan los 96 senadores. Adicionalmente señala el artículo 56 constitucional, a los 96 senadores señalados en el párrafo anterior, hay otros 32 senadores que llegan a la cámara de senadores, por la lista nacional de senadores de representación proporcional de cada partido político o coalición, para integrar la cámara de senadores por 128, lo que se plantea en el presente trabajo es la eliminación de esos 32 senadores plurinominales o de representación proporcional, para que el senado se integre solamente por 96 senadores y que todos tengan un origen democrático, de democracia directa y no se acceda al senado por vía de una elección indirecta, además claro que al ser 96 senadores, se mantiene el equilibrio de representación por entidades federativas en el pacto federal mexicano, premisa válida y vigente desde mi punto de vista al día de hoy."
URI: https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/8246
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