DSpace Colección :https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/42642024-03-16T06:38:02Z2024-03-16T06:38:02ZEl régimen patrimonial del concubinato no debe ser equiparable al de comunidad de bienes, de acuerdo a lo establecido en la legislación civil del Estado de Querétaro.Pablo Eder Beriseño Guillénhttps://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/103262024-03-15T07:26:18ZTítulo : El régimen patrimonial del concubinato no debe ser equiparable al de comunidad de bienes, de acuerdo a lo establecido en la legislación civil del Estado de Querétaro.
Sustentante: Pablo Eder Beriseño Guillén
Descripción : El presente trabajo se trata de un breve estudio del porqué el régimen de comunidad de bienes, descrito en el artículo 273 del código civil para el Estado de Querétaro, no es idóneo tras la implementación del concubinato como figura en esta legislación. Toda vez que este régimen no se encuentra regulado, sólo se encuentra escrito de forma textual, pero no establece reglas o bases de qué es y cómo se debe interpretar o cómo se integra. Para lo que, de manera supletoria el código establece la copropiedad como régimen patrimonial común para las personas que, de acuerdo a la descripción del artículo 273 de la ley en comento entren en el supuesto, cumplan los requisitos de la figura, situación que violenta distintos derechos inherentes de las personas.LA CONVERGENCIA DE MATERIAS EN LA TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN DE PROCESOS JUDICIALESRodrigo Dominguez Tronhttps://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/23252023-11-27T20:12:14Z2020-10-16T00:00:00ZTítulo : LA CONVERGENCIA DE MATERIAS EN LA TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN DE PROCESOS JUDICIALES
Sustentante: Rodrigo Dominguez Tron
Descripción : El derecho es una ciencia que regula la conducta del ser humano, por ende, converge con todas las ciencias, oficios y con prácticamente todas las actividades que desarrollamos en nuestra vida diaria, en el presente trabajo de investigación denominado “La convergencia de materias en la tramitación y resolución de procesos judiciales”. En el presente trabajo estudiaremos como el derecho a buscado la especialidad de las materias con la finalidad de tener estructura, orden, metodología y especialización de los profesionistas del derecho, tanto en el campo de la investigación como del litigio, la docencia y la impartición de justicia, situación que consideramos ideal para dar la forma necesaria para el estudio de las mismas, sin embargo en el proceso de dicha especialización los profesionistas del derecho hemos tomado ramas del derecho para seguir y ejercer, siendo el objetivo de este trabajo el analizar si dicha especialización constituye un involución de los profesionistas del derecho. Dicha especialización del derecho conlleva como problema paralelo el generar el olvido de los profesionistas del derecho de las demás ramas del derecho, lo cual genera que nos tornemos obsoletos en muchas materias que convergen con nuestra rama de especialidad, lo cual genera problemas en la práctica profesional del derecho. En el presente trabajo analizaremos como una sentencia emitida por un Juez de control, cuya especialidad es la rama del derecho penal, contravino disposiciones legales expresas de otros cuerpos jurídicos vigentes, solo porque estas salían de su área de especialización, lo cual tuvo consecuencias legales trascendentes en la esfera jurídica de diversas personas, lo cual demuestra como la especialización en algunos casos constituye una involución de los profesionistas del derecho, quienes debemos de reconocer que nuestra materia es sumamente amplia y entender nuestra necesidad de seguir ampliando nuestro conocimiento en todas las áreas de nuestra ciencia e incluso en otras ciencias ya que las mismas de forma recurrente y regular convergen.2020-10-16T00:00:00Z