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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.rights.licensehttp://creativecommons.org/licenses/by-nd/4.0es_ES
dc.contributorGabriela Nieto Castilloes_ES
dc.creatorLeticia De Lourdes Obregón Brachoes_ES
dc.date2011-06-
dc.date.accessioned2017-02-08T20:27:39Z-
dc.date.available2017-02-08T20:27:39Z-
dc.date.issued2011-06-
dc.identifier1797 - RI001822.PDFes_ES
dc.identifier.urihttps://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/7690-
dc.descriptionDespués de la reforma constitucional en su numeral 18 del 12 de diciembre de 2005 que estableció el nuevo sistema garantista de justicia para adolescentes, debido a que en todo proceso que se le siga por conducta tipificada por la ley como delito se le debe respetar sus garantías constitucionales que anteriormente le eran vulneradas al no ser escuchado y vencido en juicio, no existiendo un debido proceso legal; en nuestra entidad, el día quince de septiembre del año dos mil seis, atendiendo a la reforma constitucional, se publicó la Ley de Justicia para Menores, cuya vigencia empezó el 01 de enero de 208, misma que fue reformada, entrando en vigor el 23 de octubre de 2009, la denominada Ley para la Impartición de Justicia para adolescentes en el Estado de Querétaro, y en la cual se establecen las bases para el Sistema Integral de Justicia propuesto en el precepto constitucional. De igual manera, el 18 de junio de 2008, entró en vigor la reforma constitucional en materia penal, que establece el proceso penal acusatorio y oral. Sin embargo, la antes mencionada ley estatal de impartición de justicia penal de adolescentes, no se ha adecuado a los lineamientos rectores de la reforma constitucional, no obstante que el proceso que se les sigue a los adolescentes deviene acusatorio adversarial, ello con la finalidad de que exista un marco de legalidad y seguridad jurídica en la fase de ejecución penal, aunado a que sea garantista de nuestras normas fundamentales, ya que la especialización del Juez de esta naturaleza, cuenta con una formación amplia en el cumplimiento de la finalidad que está dotado el ordenamiento jurídico aplicable a los adolescentes; de ahí urgente la adecuación de nuestra legislación minoril a las exigencias constitucionales vigentes, creando la Institución de Juez de ejecución dependiente del Poder Judicial, empero diverso al que lo juzgó, que se erija como un verdadero ente dotado de capacidad, formación jurídica y criminológica, cuyo marco jurídico, garantice los derechos fundamentales de las personas que compurgan alguna medida de tratamiento.es_ES
dc.formatAdobe PDFes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Autónoma de Querétaroes_ES
dc.relation.requiresNoes_ES
dc.rightsAcceso Abiertoes_ES
dc.subjectConstitucionalidades_ES
dc.subjectLey de adolescenteses_ES
dc.subjectEtapa de ejecuciónes_ES
dc.titleReflexiones teórico-normativas sobre la constitucionalidad de los artículos 122 y 123 de la ley para la impartición de justicia para adolescentes del estado de Querétaroes_ES
dc.typeTesis de maestríaes_ES
dc.contributor.roleDirectores_ES
dc.degree.nameMaestría en Derechoes_ES
dc.degree.departmentFacultad de Derechoes_ES
dc.degree.levelMaestríaes_ES
Colección: Maestría en Derecho

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