Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/7454
Título : La cuenta corriente de cheques
Sustentante: Armando Cano González
Palabras clave : Cuenta
Cuenta corriente
Cheques
Fecha de publicación : 5-dic-2008
Editorial : Universidad Autónoma de Querétaro
metadata.dc.degree.department: Facultad de Derecho
metadata.dc.degree.name: Licenciatura en Derecho
Descripción : La cuenta corriente de cheques es una figura que aún la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito no la contempla, es más ni siquiera la legislación bancaria; y en base a esto, podemos afirmar que legalmente no existe. Es en la práctica bancaria donde está figura se desenvuelve y, es tan usual hoy en día, que la mayoría de las' personas físicas o morales la han estado empleando. Es por ello que trato de hacer un estudio comparativo, entre lo que establece la Ley acerca del cheque, y lo que se lleva en la práctica de la cuenta de cheques. Considero que en la vida actual, con todos los adelantos científicos, nos hemos preocupado en menor cantidad en nuestro desarrollo financiero ya que le hemos dado prioridad a otros problemas que consideramos más importantes, teniendo como consecuencia un atraso en materia mercantil en relación con otros países, atraso que, considero en ocasiones de más de 50 años. Afortunadamente, con la práctica bancaria se han contrarrestado los efectos de éste atraso de la Legislación Mercantil. Tomando en cuenta lo anterior, pretendo que ambos temas cuenta corriente de cheques y cheque identificarlos, amplia relación en nuestra vida cotidiana. En lo que respecta al cheque, sí está reglamentado perfectamente, y de su funcionalidad se deriva la cuenta corriente de cheques, que vuelvo a repetir, no está reglamentada aún. Se ha reglamentado la cuenta corriente, pero ésta figura únicamente se celebra entre comerciantes y por lo tanto, no nos ocuparemos de éste tema. La cuenta corriente de cheques, es una figura que solo se celebra con los bancos, y desde luego la primera relación es con el particular, ya sea como persona física o moral, que se le llama cuentahabiente. El cuentahabiente puede ser una persona física o una persona moral, pero también puede ser mancomunada entre dos o más personas físicas, que disponen de talonarios de cheques de una misma cuenta. El cheque es la figura más importante en la cuenta de cheques ya que no existe ésta sin la presencia de aquel. La cuenta corriente de cheques es un contrato consensual, bilateral, que celebra el particular siempre con un banco, y es tan usual en la actualidad que las grandes empresas y los particulares utilizan este tipo de contrato, con la finalidad de obtener un control más exacto del manejo de las finanzas, logrando además, el evitar el riesgo que trae consigo las disposiciones en efectivo, ya que el cheque, como señalare posteriormente, puede ser nominativo y sólo lo puede cobrar la persona, cuyo nombre establezca el texto del cheque, siendo éste un sustituto del dinero. Lo anterior se desprende de una serie de entrevistas que lleve a cabo con personas muy relacionadas y que tienen amplio conocimiento al respecto, como 10 puede ser un gerente de un banco.
URI : https://ri-ng.uaq.mx/handle/123456789/7454
Otros identificadores : 1605 - RI003566.pdf
Aparece en las colecciones: Licenciatura en Derecho

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
RI001605.pdf938.23 kBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.